El Centro Juan XXIII destaca que no es necesario modificar la Ley 155-17 para que los partidos políticos sean designados como sujetos obligados en materia de prevención del lavado de activos.
El artículo 33 de la misma ley faculta al CONCLAFIT a incluir entidades de riesgo mediante resolución, lo que permitiría una acción rápida, efectiva y sin intervención del Congreso, clave en un contexto preelectoral donde la transparencia es urgente.
En respuesta a las recientes declaraciones del ministro José Ignacio Paliza, reafirmamos que el fortalecimiento de los controles antilavado es indispensable para proteger la integridad del sistema democrático y evitar la incursión del dinero sucio en la política.
📌 Propuesta del Centro Juan XXIII:
Que la Junta Central Electoral solicite al CONCLAFIT incluir a los partidos como sujetos obligados.
Que el CONCLAFIT emita una resolución inmediata para su incorporación.
Que la JCE funja como entidad supervisora, como establecen la Ley Electoral y la Ley de Partidos.
Invitamos a la ciudadanía y a los partidos a respaldar esta medida y a exigir transparencia en el financiamiento político, por el bienestar de la democracia.
Centro Juan XXIII
Por una Patria servida como se merece.
